La seguridad social abonará complementos a mínimos pensionistas españoles y venezolanos residentes en españa.


En Asturias, el colectivo de afectados percibe, desde mediados de 2017, estos complementos a mínimos, no sin antes haber interpuesto sendas demandas personales contra el INSS reclamando el pago de los mismos, que les fueron suspendidos desde enero 2016. Los jueces han dado la razón a los demandantes en todos los casos presentados. (Asopeve-Asturias)


El Ministerio explicó en una nota que se trata de españoles y venezolanos que trabajaron en ambos países y que han generado derecho a pensión en cada uno de ellos, en proporción al tiempo cotizado en cada país.

La Seguridad Social ha estimado en 20 millones de euros el coste que supondrá el reconocimiento del complemento a mínimos o el incremento, en el caso de que corresponda. La financiación corresponde al Ministerio de Hacienda y está incluida en las transferencias que efectúa el Estado a la Seguridad Social.

Los requisitos para acceder al complemento a mínimos son: residir en España, no superar la pensión mínima con la suma de las dos pensiones que perciben y que no dispongan de rentas o patrimonio por encima de la cantidad que cada año se fija en los Presupuestos (7.569 euros al año, en 2019).

Con la implantación del bolívar soberano el pasado verano, el colectivo de afectados solicitó a la Seguridad Social española que articulara una solución, ya que cumplían con los requisitos para acceder al complemento a mínimos por residencia.

Para articular una solución y conocer la referencia monetaria, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) solicitó el pasado verano al Banco de España que obtuviera y le comunicara el cambio oficial en euros del bolívar soberano. Una vez obtenido, la pensión venezolana que facilita la Gaceta Oficial Venezolana y que es de 1.800 bolívares soberanos, apenas supera al cambio los 3 euros.

Desde comienzos de año, la Seguridad Social obtendrá el importe total de las pensiones de los jubilados a través de la Gaceta Oficial de Venezuela. Una vez obtenido el valor de la pensión de Venezuela en euros, y sumado el importe de la pensión prorrata española, se reconocerá si procede el importe del complemento por residencia de este colectivo, con efectos de enero de 2019.

Los afectados pueden solicitar la pensión mínima o la revisión de la misma en las oficinas del INSS, siempre que reúnan los requisitos. Para ello tendrán que acreditar su residencia en España y efectuar una declaración personal de ingresos.

FUENTE: (SERVIMEDIA)

EL ECONOMISTA

31-ENE-19

MMR/caa